ASF, “EL LLANERO SOLITARIO” CONTRA LA CORRUPCIÓN
- Juan Manuel A Ramirez Ibarra

- 28 jun 2018
- 7 Min. de lectura
En el Índice de Percepción de la Corrupción 2017, dado a conocer por Transparencia Mexicana, la calificación de México empeoró por un punto, pasando de 30 a 29, en una escala que va de 0 a 100, donde 0 es el país peor evaluado en corrupción y 100 es el mejor evaluado en la materia. Esto ubica al país en la posición número 135 de 180 países evaluados en materia anticorrupción.
México se encuentra ocupando la misma posición que Honduras y Paraguay. Además, de ser el país peor evaluado del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE).[1]
En una democracia, uno de los deberes fundamentales de los gobernantes frente a los gobernados es el de “La rendición de cuentas” cuyo fin es dar razón y cuenta pormenorizada de lo que realizan y justifican en cumplimiento de sus obligaciones y de manera preponderante, del manejo, aplicación y disposición de los recursos públicos que administran para el cumplimiento de sus obligaciones y fines.
Parte fundamental de la Rendición de cuentas es la de determinar las responsabilidades en las que incurran aquellos gobernantes, funcionarios y empleados públicos, que infrinjan las normas que regulan su función, empleen indebidamente los recursos públicos o los dispongan ilegalmente para sí o para otra persona.

Responsabilidades que también deben ser imputadas a los particulares que sean beneficiados o participen en el mal empleo o ilegal disposición de los recursos públicos; actores todos, que deben ser sancionados no solo obligándolos a la devolución de dichos recursos, sino también con pena grave privativa de libertad y la prohibición vitalicia para poder desempeñar cualquier puesto o cargo en la administración pública en cualquiera de los órdenes de gobierno y en tratándose de particulares, de poder contratar directa o indirectamente con el sector público en cualquiera de su ámbitos.
En México la Auditoría Superior de la Federación (ASF) es la entidad pública con autonomía técnica y de gestión constitucionalmente facultada para realizar la fiscalización de las operaciones que involucren recursos públicos federales o participaciones federales a través de contrataciones, subsidios, transferencias, donativos, fideicomisos, fondos, mandatos, asociaciones público privadas o cualquier otra figura jurídica y el otorgamiento de garantías sobre empréstitos de Estados y Municipios.
La ASF realiza su función fiscalizadora a través de auditorías con base en las que determina si las acciones llevadas a cabo por los entes sujetos a revisión se realizaron de conformidad con la normatividad establecida o con base en principios que aseguren una gestión pública adecuada.
Su función de fiscalización la realiza sobre los ingresos, egresos y deuda; las garantías que, en su caso, otorgue el Gobierno Federal respecto a empréstitos de los Estados y Municipios; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales. También realiza auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales.
También fiscaliza directamente los recursos federales que administran o ejercen las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Asimismo, de manera directa y/o en coordinación con las entidades locales de fiscalización, investiga la administración y ejercicio que realizan los estados de las participaciones federales y de igual manera fiscaliza los recursos federales que se destinan y se ejercen por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos o privados, o cualquier otra figura jurídica, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.
Una vez concluida su labor de fiscalización, el auditor superior rinde su informe sobre la respectiva Cuenta Pública ante la Cámara de Diputados y se difunden, se hacen públicos los resultados y al transparentar la conclusión de sus investigaciones sobre el ejercicio del gasto federal, da conocer a la nación no sólo errores administrativos, sino auténticas desviaciones al gasto público.

Con base en los resultados de su labor fiscalizadora la ASF ha dado a conocer serias deficiencias no solo en el gobierno federal, sino también en los gobiernos estatales y municipales, entre otras: mala planeación y ejecución de programas públicos, irregularidades del ejercicio del gasto, malos sistemas de control interno y de manera relevante, el desvío de las transferencias que reciben los gobiernos estatales y municipales para educación, salud o seguridad pero que se usan para otros fines.
Pareciera ser que en la labor de revisión de cuentas, determinación de irregularidades y de actos ilegales en el manejo de los recursos públicos federales y en la transparencia de resultados, la ASF es un llanero solitario que descubre, desenmascara y señala a los presuntos responsables del mal y/o ilícito manejo de los recursos públicos federales; los que, en su enorme mayoría, quedan sin castigo; quedan impunes, debido a que las instancias y/o dependencias encargadas legalmente de proseguir y concretar las acciones para el castigo de esos delincuentes, simplemente, retardan excesivamente su actuar o de plano, no actúan.
En efecto, entre los obstáculos que limitan el impacto de los resultados de las auditorías realizadas por la ASF se encuentra la falta de castigo, ya sea administrativo (inhabilitación, multa, amonestación), resarcitorio (devolución de lo indebidamente dispuesto) o penal (cárcel), lo que habilita el que los responsables queden impunes.
Para darnos una idea en número de proceso iniciados por la ASF ante las instancias y dependencias competentes (Secretaría de la Función Pública, contralorías estatales, municipales u órganos internos de control) y el tiempo que transcurre para que éstas concreten un resultado, echemos mano de cifras del año del 2010, en el que la ASF promovió casi 2,000 procesos de sanción administrativa en contra de funcionarios federales, estatales y municipales, de los cuales, cinco años después poco más del 53% de esas acciones carecen de resolución por la instancia responsable.
Si lo anterior es grave, lo referente a las acciones penales denunciadas por la ASF es alarmante, pues del año 2000 al 2017 la ASF presentó 893 denuncias de hechos ante el Ministerio Público Federal para procesar y en su caso, castigar a funcionarios públicos o particulares por presuntamente haber cometido algún delito en la administración, manejo o disposición de recursos públicos federales, de las cuales, el 95% por ciento está en trámite y sólo 13 casos han sido consignados, eso es, el 1.5%.

El alarmante rezago se debe por una parte, a la falta de recursos humanos capacitados en la PGR para la integración de esas investigaciones y por otra, a la falta de recursos económicos y técnicos que apoyen esa labor en esa institución, pero sin duda, también influye determinantemente, que la PGR continúa dependiendo del titular del poder ejecutivo federal.
Para algunos el mal o ilícito manejo de los recursos federales por al algún estado debe tener como consecuencia que para el año siguiente a la develación de los desvíos cometidos por el estado de que se trate, el Congreso restrinja o disminuya la aportación federal para ese estado, lo que en mi opinión tendría consecuencias negativas y graves sobre todo en la implementación y ejecución de programas federales en el estado de que se trate, con efectos nefastos para la población beneficiaria de dichos programas.
No obstante, pudieran establecerse interventores federales para la administración, disposición y ejercicio de los recursos federales suministrados al estado en cuestión, con especial énfasis en la aplicación de los recursos suministrados para los programas de beneficio social como el Seguro Popular, el de Vivienda, el de educación y, desde luego, de seguridad pública, que son en los que más recurrentemente la ASF identifica desvíos al ser aplicados para otros fines y disposiciones ilícitas.
Conforme al boletín de prensa emitido por la ASF el 20 de febrero del 2018, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) presentó ante la Cámara de Diputados 699 informes individuales de auditoría correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016 y como resultado de la misma la ASF emitió 10,346 observaciones entre las que se encuentran 184 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 2,504 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias. ¿Cuántas de éstas serán atendidas y resueltas oportunamente por las dependencias e instancias (Secretaría de la Función Pública, contralorías estatales, municipales u órganos internos de control) competentes? ¿En cuántas se resolverá la imposición de sanciones administrativas a los responsables?
A partir del mes de marzo de este año, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) se encuentra encabezada por el economista David Colmenares cuya designación fue resultado del voto de todas las fuerzas políticas, el reto frente al señor Colmenares no es menor, empezando por pugnar para eliminar cualquier circunstancia que impida u obstaculice la transparencia y la rendición de cuentas, sobre todo en la aplicación oportuna, adecuada y transparente de los recursos para políticas públicas.
Simultáneamente, deberá afrontar y remontar el reto de que en los casos en los que se detecten irregularidades y posibles ilícitos, la ASF se asegure de reunir los datos y medios de prueba claros y suficientes en los que se sustenten las denuncias que presente ante las autoridades competentes, asegurándose de que una vez presentadas, tales acciones se conviertan en procesos legales que concluyan con la imposición de castigos y penas a los servidores públicos corruptos. También deberá impulsar que las legislaturas de los estados doten de autonomía a los órganos de fiscalización locales para las auditorías en los Estados.
El nuevo presidente, quien quiera que resulte electo, desde el inicio de su mandato, deberá materializar sus promesas de combate a la corrupción dando prioridad a la designación de un Fiscal General de la República verdaderamente autónomo y apartidista, así como a la del Fiscal Especial Anticorrupción, que apoyen y concreten la labor desempeñada por la ASF, pues al margen de que se realicen los ajustes o modificaciones a las leyes existentes en materia de fiscalización, transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción, no se requieren de esas nuevas leyes para dar seguimiento a las investigaciones en marcha en contra de ex gobernadores, ni tampoco para asegurar que los desvíos de recursos que detecta la ASF sean castigados.
Combatir y contener a la corrupción no es cuestión de creación de nuevas normas, es un asunto de castigo pronto y ejemplar, con el cual además de la pena de prisión se establezca la confiscación de todos los bienes del sentenciado como culpable y para eso, más que leyes y normas específicas nuevas se requiere tamaños y determinación política.

Lic. Juan Manuel A. Ramírez Ibarra
jmriabogado@hotmail.com




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