LA CORTE
- jmramirez7
- 25 nov 2023
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Desde el sexenio de Miguel de la Madrid la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfrentaba críticas por tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito y la red de complicidades que dominaban en el máximo Tribunal del país la que, se decía, más que a los intereses de la República, servía a intereses políticos, fundamentalmente, del poder ejecutivo y de particulares.
Durante el sexenio de Ernesto Zedillo, por decreto de fecha 30 de diciembre de 1994, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del día siguiente, se modificó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en los artículos atinentes al Poder Judicial de la Federación, estableciéndose en sus transitorios la conclusión de funciones de los 26 ministros que entonces integraban la SCJN y, el 26 de enero de 1995, el senado de la República nombró a los 11 nuevos ministros que, a partir de entonces, integrarían al máximo tribunal de la nación.
La función de ministro de la SCJN coloca al juez en el cargo, en una condición superior sobre todos los jueces y magistrados, incluso, sobre las instituciones emisoras de actos de autoridad de los cuales la SCJN es revisora y calificadora a través del análisis jurídico-constitucional experto de los ministros que la integran, por eso es indispensable que éstos posean extenso y depurado conocimiento jurídico, innegable respetabilidad; insuperable diligencia, depurada asertividad, total imparcialidad, honorabilidad más allá de toda duda, total independencia y valor para mantenerla, de lo contrario, sus sentencias carecerían de credibilidad.
En la SCJN han existido y existen ministros y ministras, lamentablemente los menos, que desde su paso por la magistratura y la judicatura han sido reconocidos como magníficos, probos y respetables juristas, emisores de acertadas e imparciales sentencias resueltas con total independencia y emitidas con valor, resistiendo presiones y amenazas de los demás poderes, principalmente del ejecutivo federal e incluso, de poderosos particulares y, en algunos casos, resintiendo las consecuencias políticas e incluso, físicas, que su actuar legal, imparcial e independiente les generó.
También ha habido y hay aquellos que, pese a su limitado conocimiento jurídico, oscura o, por lo menos, opaca trayectoria profesional, dudosa honorabilidad y nula independencia, son investidos en el cargo por el dedo imperial del presidente de la República, con la complicidad de sus afines en la cámara de senadores. Otros, incluso, llegan al dedo presidencial a través de la recomendación de algún influyente sector o particular, personas en las que la imparcialidad y la independencia indispensables para el ejercicio del cargo, se encuentran sometidas a la voluntad de su elector y/o a la de aquél o aquellos que lo impusieron en puesto.
Esto es posible dado el sistema que para su designación, prevalece en la Constitución, el que faculta al presidente de la República, titular del poder ejecutivo (art.89 fr.XVIII y 96), para a proponer ante el senado a las personas elegidas por él para ocupar el cargo de ministros de la SCJN y es el senado, parte del poder legislativo (art. 76 fr.VIII), el que designa a las personas que serán investidas como ministros. Método que es kafkiano considerando que, para su ejercicio, el Supremo Poder de la Federación se divide en Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial (art.49), lo que implica que son poderes distintos e independientes entre sí, por lo que la injerencia de los otros dos poderes en la designación de los integrantes del órgano supremo del Poder Judicial de la Federación (PJF) de suyo compromete la independencia judicial, cosa muy seria, considerando que éste poder es el revisor y calificador jurídico-constitucional de los actos de los otros poderes y de las autoridades que los representan; por ende, el PJF y su máxima autoridad la SCJN, debe ser el contrapeso, principalmente del poder ejecutivo, para corregir y evitar abusos del poder y garantizar el Estado de Derecho.
En todo caso, se debiera modificar la Constitución para establecer que para ser ministro de la SCJN se deben acreditar por lo menos 10 años como magistrado federal, instituyéndose que será el propio PJF a través de un órgano creado para ese propósito p.ej., Colegio Elector, el que, mediante un metódico y riguroso proceso de investigación y auscultación de los integrantes de las magistraturas federales, ponderando las cualidades de conocimiento jurídico, respetabilidad, diligencia, asertividad, honorabilidad, imparcialidad e independencia y, en reforzamiento de ésta última, que no pertenezca ni tenga nexos con ningún partido u organización política, seleccionara por cada vacante en la SCJN, a las o los tres magistrados o magistradas más calificados para ocupar el cargo de ministro o ministra y, posteriormente, dar a conocer públicamente a los seleccionados, para que en segundo momento, a través de un proceso de elección organizado, vigilado, dictaminado y resuelto por el Instituto Nacional Electoral, los jueces y magistrados federales elijan mediante voto libre y secreto a la persona que deberá ocupar el cargo de ministro de la SCJN y una vez electo, se notifique a la cámara de diputados como representante de la soberanía popular, para que en sesión pública, el elegido rinda la protesta de ley.
Este proceso eliminaría la injerencia de los otros dos poderes de la federación en la SCJN y, desde luego, eliminaría la posibilidad de arribistas ajenos al PJF, incluídos los recomendados o dedeados presidenciales, sin que pueda considerarse discriminatorio ni violatorio de los derechos humanos y garantías de igualdad y libre elección de trabajo, dado que cualquier ciudadano mexicano puede ser ministro de la SCJN siempre y cuando cumpla con las cualidades, calidades y requisitos establecidos en la Constitución Federal.
Debiéndose complementar la reforma con la derogación de la facultad del titular del poder ejecutivo y/o del legislativo para sugerir, proponer o elegir candidatos, así como para oponerse a la designación del o la electa o para pedir o exigir la destitución del o la ministra que les resulte incómodo.
Esta reforma constitucional dista un universo en forma y fondo, de la elección popular de magistrados y ministros de la SCJN que pretende López Obrador, más aún cuando, la elección que propone pretende que se haga por la cámara de diputados a mano alzada o aun por voto electrónico, proceso que estaría viciado, principalmente, por la injerencia “política y tendenciosa” de todos los partidos políticos y del presidente de la República a través del partido afín. Además, porque la elección no dependería de la calidad, cualidades y experiencia de las personas candidatas, sino de la preferencia, interés y conveniencia “política” que el presidente de la República y los partidos políticos tuvieran por determinada persona, amén de que, siempre estaría sujeta y determinada por el voto en bloque y sin cambiar una coma, de la fracción parlamentaria que sea mayoría en la cámara, lo que no representa a la soberanía popular.
Como he dicho, el método de elección aquí propuesto, evitaría el arribismo a la SCJN, eliminando la posibilidad de que la más alta magistratura judicial sea ocupada por personas como el litigante Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Loretta Ortíz Ahlf y la pirata Yasmín Esquivel Mossa, que descaradamente pregonan su falta de independencia del presidente de la República y la última incluso, su carencia de honorabilidad y capacidad jurídica. También evitaría que personas sin la calificación jurídica ni la experiencia laboral especializada en la labor judicial como las candidatas Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González, propuestas por López Obrador, lleguen a ocupar un lugar en la SCJN, pues a su ignorancia se suma de manera relevante la sumisión total que tienen ante su mesías.
No hay que olvidar que la SCJN es el último y más importante bastión de la República para preservar el Estado de Derecho que se contrapone al estado autoritario y absolutista no solo liderado por un tirano, sino también por un presidente imperial, al que le urge avasallar a la SCJN para que no exista contrapeso, autoridad ni poder alguno que se oponga a sus mandatos, caprichos o locuras y de esos presidentes, México ya tuvo bastante, que lo llevaron no solo a la ruina económica, sino también a la social.
La jugada tramada por el peje en contubernio con Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue tan clara como descarada, tendenciosa y nada imparcial ni independiente labor de éste en su cargo en favor de la 4T, presentando su renuncia para darle oportunidad al presidente de designar durante su mandato a otro u otra ministra de la SCJN a modo, sumisa e ignorante a la que pueda manejar a su capricho por los próximos 15 años y así, a la llegada de su adefesica títere a la presidencia (ojalá que no llegue), cuando en diciembre de 2024 concluya su cargo el ministro Luis María Aguilar, podrá cubrir ese espacio con otro u otra persona a modo, con lo que contaría con 4 ministros sumisos, lo que impediría que la SCJN pudiera declarar la inconstitucionalidad de las atrabiliarias reformas que pretende la 4T y, en febrero del 2026, cuando el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo concluya su período, la SCJN será rea del poder presidencial y no habrá autoridad en la Republica que impida los abusos de poder ni la destrucción del Estado de Derecho.
Por su parte, el morenista Arturo Zaldívar Lelo de Larrea estará a cargo “sin cargo público” por supuesto, de planear, diseñar, elaborar e instrumentar jurídicamente y operar políticamente, por una parte, las reformas legales que por orden del peje planea Sheinbaum, para que no le pase lo mismo que su amo con la horripilante inepta y chicanera, Consejera Jurídica de la Presidencia, María Estela Ríos González, que ninguna reforma ni decreto pudo hacer que no fuera inconstitucional y, por otra, de ganar la mayoría necesaria en el Congreso de la Unión, para hacer la reforma constitucional, que habilite la desaparición de la SCJN para suplirla con el Tribunal Federal Constitucional, que por su integración será dependiente totalmente del o la presidente de la República, con lo que México entraría nuevamente al grupo de las democracias, legalidad y justicia simuladas. ¡Ahí mídanle!




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